AI Act UE Artículo 19 — Evaluación de conformidad y documentación
Requisitos del artículo 19 del AI Act UE para la evaluación de conformidad: documentación técnica, autoevaluación, evaluación por organismos notificados y retención de logs.
El artículo 19 del AI Act UE obliga a los proveedores de sistemas de IA de alto riesgo a realizar una evaluación de conformidad antes de la comercialización en el mercado de la UE.
Los registros deben conservarse durante al menos seis meses y ser accesibles a los proveedores y a las autoridades de vigilancia del mercado.
Autoevaluación vs. organismo notificado
Para la mayoría de los sistemas de IA de alto riesgo, los proveedores pueden realizar una autoevaluación según el procedimiento de control interno del Anexo VI. Para los sistemas de identificación biométrica y ciertas otras categorías, se requiere una evaluación de terceros por un organismo notificado acreditado.